Vivienda

Seguro de hogar en pareja: qué mirar antes de contratarlo

Qué mirar antes de contratar un seguro de hogar entre dos y a nombre de quién conviene que esté.

5 min de lectura26 oct 2026

En corto: un seguro de hogar tiene dos figuras que conviene distinguir: el tomador, que firma y paga, y el asegurado, que es a quien cubre. En pareja, lo habitual y más cómodo es que los dos figuren como asegurados, aunque pague uno. Lo que más dinero hace perder no es la prima, sino asegurar por menos de lo que vale lo que hay en casa: la ley permite al asegurador pagar solo una parte proporcional del daño. Y si vivís de alquiler, el seguro del casero no suele cubrir vuestras cosas; revisad qué cubre cada póliza.

Tomador y asegurado: no son lo mismo

La Ley de Contrato de Seguro distingue entre tomador (quien contrata y asume las obligaciones, como pagar la prima) y asegurado (a quien cubre el seguro). Pueden ser la misma persona o dos distintas. Las obligaciones del contrato corresponden al tomador y los derechos, al asegurado o al beneficiario (art. 7).

En pareja, esto importa por tres motivos:

  • Si solo uno figura como asegurado, el otro puede encontrarse con que sus cosas no estén bien cubiertas. Lo que dice la póliza manda: leed quién figura como asegurado y si cubre a quien convive con el tomador.
  • Las obligaciones del contrato, como pagar la prima, recaen en el tomador. Conviene saber quién es.
  • Si la relación termina, un seguro a nombre de uno solo obliga a cambiar la póliza.

Lo más práctico es que figuren los dos como asegurados y que pague quien prefiráis, apuntándolo en vuestro reparto de gastos.

Casa propia o alquilada: qué asegura cada uno

Las pólizas suelen separar dos partes: lo que es el edificio y sus instalaciones fijas (el continente) y lo que hay dentro y os podríais llevar en una mudanza (el contenido). Los nombres y límites exactos son los de cada póliza, así que leed las condiciones.

  • Si la casa es vuestra, interesa asegurar las dos partes. Si hay hipoteca, mirad en la escritura si exige algún seguro.
  • Si vivís de alquiler, normalmente el continente lo asegura el propietario. A vosotros os suele interesar el contenido y la responsabilidad civil (daños que causéis a otros, como una fuga de agua en el piso de abajo).

En el texto consolidado actual de la LAU (reformada en octubre de 2026), la ley no impone al inquilino tener seguro de hogar: solo menciona los seguros para prohibir que se exija al inquilino un seguro de impago de renta (art. 36.5). Pero el contrato podría pedir otro seguro (art. 4.2: rigen los pactos de las partes), así que mirad la cláusula.

El error caro: asegurar por menos de lo que vale

La suma asegurada es el límite máximo que paga el asegurador (art. 27 de la Ley de Contrato de Seguro). Y si es inferior al valor real de lo asegurado cuando ocurre el siniestro, el asegurador indemniza el daño en la misma proporción (art. 30), salvo que se haya pactado excluir esa regla. Es lo que se llama infraseguro.

Un ejemplo con números inventados para ilustrar la regla. Imaginad que el contenido de vuestra casa vale de verdad 12.000 € pero lo aseguráis por 6.000 €. Una avería deja daños por 2.000 €:

Dato Importe
Valor real del contenido 12.000 €
Suma asegurada 6.000 €
Proporción cubierta 50 % (6.000 / 12.000)
Daño 2.000 €
Indemnización (50 % de 2.000 €) 1.000 €

Pagaríais vosotros la otra mitad, aunque el daño fuese menor que la suma asegurada. Lo contrario también ocurre: si aseguráis por mucho más de lo que vale, pagáis prima de más y el asegurador solo indemniza el daño real. Cualquiera de las partes puede pedir que se reduzcan suma y prima (art. 31).

Para acertar, haced un inventario por habitaciones (también de lo de cada uno) con fotos y precios aproximados de reposición. Repetidlo cuando hagáis reformas o compréis algo caro.

Cuánto paga cada uno

Supongamos, solo para el ejemplo, una prima de 240 €/año. A medias son 120 € cada uno. Proporcional a sueldos (la ballena gana 2.800 € y el pingüino 1.600 €, es decir, 2.800 / 4.400 y 1.600 / 4.400):

  • Ballena: 240 × 2.800 / 4.400 = 152,73 €
  • Pingüino: 240 × 1.600 / 4.400 = 87,27 €

Sumados dan 240 €. La cifra es pequeña, así que no merece la pena discutirla: lo que importa es dejar claro si va en los gastos comunes o se reparte aparte.

Lo que se complica en pareja

  • Dos pólizas para la misma casa. Si antes cada uno tenía la suya, no las dejéis correr sin más: pagaríais dos primas por lo mismo. Cuando un mismo tomador contrata varios seguros que cubren el mismo riesgo, debe comunicar a cada asegurador los demás (art. 32). Decidid con cuál os quedáis y mirad el plazo para dar de baja la otra.
  • Objetos de valor. Joyas, bicicletas, portátiles o instrumentos suelen tener límites propios en la póliza. Si algo es de uno solo, comprobad si queda cubierto.
  • Cambios en la casa. Si cambia el uso (por ejemplo, empezáis a trabajar con clientes en casa), hay que comunicarlo al asegurador (art. 11).
  • Declarar bien al contratar. Contestad con exactitud el cuestionario del asegurador (art. 10). Una respuesta inexacta puede reducir la indemnización y, si hay dolo o culpa grave, dejar al asegurador sin pagar.
  • Renovación. El contrato puede prorrogarse por años. Para oponeros a la prórroga tenéis que avisar por escrito con un mes de antelación, salvo que la póliza indique más (art. 22).

Si pasa algo

Hay que comunicar el siniestro al asegurador en siete días desde que lo conocéis, salvo que la póliza dé más plazo (art. 16). Haced fotos antes de reparar nada y guardad las facturas.

Checklist antes de contratar

  1. Decidid quiénes figuran como asegurados y quién paga.
  2. Haced el inventario y calculad el valor del contenido.
  3. Comparad pólizas con las mismas coberturas y las mismas sumas aseguradas, no solo el precio.
  4. Mirad exclusiones, franquicias y límites por objeto.
  5. Anotad la fecha de renovación y el plazo para avisar.

Fuentes

Información general, no es asesoramiento financiero, fiscal ni legal. Para tu caso concreto, consulta con un profesional.